Comunicado de ANCON sobre su posicion sobre proyecto de ley 567

Categorías: NoticiasPublished On: 13 octubre, 2017

¿QUIERES PARTICIPAR DE LA JORNADA DE REFORESTACIÓN?

Si quieres ser notificado de la jornada de reforestación y/o deseas recibir un informe con el avance de la plantación haz clic en el botón.

Ahora tu puedes apoyar la meta de la Alianza por el Millón

“Creíamos que nos encontraríamos con una playa más limpia”, fue la expresión del equipo de ANCON al llegar a la playa de Costa del Este el pasado 17 de Septiembre en la Jornada Nacional de Limpieza de Playas. Y es que la playa de Costa del Este ha sido la protagonista del reto dos bolsas dos minutos decenas de veces desde el pasado mes de junio, donde diferentes organizaciones, voluntarios y empresas han organizado limpiezas de playas, retándose unas a otras.
Opinión de ANCON sobre segregación de lote en el área de uso múltiple de Donoso
La Ley otorga la potestad del manejo de todas las áreas protegidas del Sistema Nacional de Áreas Protegidas de Panamá (SINAP) al Ministerio de Ambiente. Cualquier modificación de un área protegida según la normativa vigente requiere de estudios biofísicos y socio-culturales, procesos de consulta a las comunidades locales y la comunidad en general los cuales deben ser liderados por el Ministerio de Ambiente. Ninguna de estas condiciones se ha cumplido para proponer la segregación de un lote con fines de desarrollo turístico en el área protegida de Donoso mediante proyecto de ley aprobado en primer debate de la Asamblea Nacional
Un proyecto de turismo verde es posible llevarse a cabo en un área protegida siempre y cuando cumpla con los objetivos del área, cumpla con estándares ambientales que aseguren la protección ambiental y mejoren la calidad de vida de las comunidades que viven dentro o cerca de dichas áreas. Los interesados deberán cumplir con el Decreto Ejecutivo no. 34 del 31 de marzo de 2017 que “establece los principios, normas y procedimientos a los que se sujetará el régimen de concesiones de servicios y permisos para realizar actividades de turismo verde en áreas pertenecientes al Sistema Nacional de Áreas Protegidas que administra el Ministerio de Ambiente.”
Por esta razón consideramos, que si existe interés en llevar adelante un proyecto de turismo en un área protegida no es necesario segregar un lote de ninguna área protegida sino acogerse al decreto antes mencionado y en conclusión, que una proyecto de ley de segregación de un lote dentro de un área protegida del SINAP sin los debidos estudios y consultas y liderado por la autoridad regente en materia ambiental es improcedente.

Ahora tu puedes apoyar la meta de la Alianza por el Millón

Opinión de ANCON sobre segregación de lote en el área de uso múltiple de Donoso
La Ley otorga la potestad del manejo de todas las áreas protegidas del Sistema Nacional de Áreas Protegidas de Panamá (SINAP) al Ministerio de Ambiente. Cualquier modificación de un área protegida según la normativa vigente requiere de estudios biofísicos y socio-culturales, procesos de consulta a las comunidades locales y la comunidad en general los cuales deben ser liderados por el Ministerio de Ambiente. Ninguna de estas condiciones se ha cumplido para proponer la segregación de un lote con fines de desarrollo turístico en el área protegida de Donoso mediante proyecto de ley aprobado en primer debate de la Asamblea Nacional
Un proyecto de turismo verde es posible llevarse a cabo en un área protegida siempre y cuando cumpla con los objetivos del área, cumpla con estándares ambientales que aseguren la protección ambiental y mejoren la calidad de vida de las comunidades que viven dentro o cerca de dichas áreas. Los interesados deberán cumplir con el Decreto Ejecutivo no. 34 del 31 de marzo de 2017 que “establece los principios, normas y procedimientos a los que se sujetará el régimen de concesiones de servicios y permisos para realizar actividades de turismo verde en áreas pertenecientes al Sistema Nacional de Áreas Protegidas que administra el Ministerio de Ambiente.”
Por esta razón consideramos, que si existe interés en llevar adelante un proyecto de turismo en un área protegida no es necesario segregar un lote de ninguna área protegida sino acogerse al decreto antes mencionado y en conclusión, que una proyecto de ley de segregación de un lote dentro de un área protegida del SINAP sin los debidos estudios y consultas y liderado por la autoridad regente en materia ambiental es improcedente.